Como Órgano de Apoyo Científico-Técnico al servicio del Sistema Nacional de Salud (SNS) y como Organismo Público de Investigación, el ISCIII debe contribuir a la vertebración de la investigación en el SNS (en los términos previstos en el artículo 48 de la Ley 16/2003 de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud), mediante la asociación entre los distintos centros de investigación, la acreditación de institutos de investigación sanitaria, el establecimiento de redes de investigación; todo ello, con el fin de concentrar la investigación en los objetivos previstos en el Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación. Igualmente impulsará la investigación traslacional de calidad, fomentará y coordinará la investigación en biomedicina mediante la realización de investigación básica y aplicada y el impulso de la investigación epidemiológica y en salud pública. El ISCIII posee además entre sus competencias la acreditación y prospectiva científica y técnica, el control sanitario, el asesoramiento científico técnico y la formación y educación sanitaria en ciencias de la salud y biomedicina.