La concesión de las ayudas de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, en adelante FECYT,
previstas en esta convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases reguladoras, aprobadas por el
Patronato de la FECYT y la Secretaria de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación, convalidadas
por el Ministro de Economía, Industria y Competitividad1, por lo dispuesto en la presente convocatoria, la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico el Sector Público, y los Estatutos de la FECYT, dentro
del marco de los principios de gestión y de información de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones, de acuerdo con su Disposición Adicional Decimosexta y de su Reglamento, aprobado
mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Estas ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como con los principios de
eficacia y eficiencia de la gestión de las mismas.